Nuevas normativas para el embarque de carbón vegetal en contenedores buscan prevenir incendios a bordo

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OMI actualizó el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) para abordar riesgos asociados.

 

Pronto entrarán en vigor regulaciones más estrictas para la movilización de carbón vegetal (UN 1361) con el objetivo de mejorar la seguridad en toda la cadena logística. La Organización Marítima Internacional (OMI) actualizó el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) para abordar los riesgos asociados a este tipo de carga, que ha provocado incidentes graves como incendios en buques portacontenedores debido a una consolidación inadecuada y a fallas en la declaración de la carga..

 

El World Shipping Council (WSC), junto con el International Group of P&I Clubs y el TT Club, publicaron una guía rápida para facilitar la comprensión de estas nuevas disposiciones.

 

Cambios clave en las normas de transporte

 

Declaración obligatoria como mercancía peligrosa: Todos los embarques de carbón vegetal deberán ser declarados “Mercancías Peligrosas”, eliminándose las disposiciones especiales 925 y 223. En su lugar, se introduce la Disposición Especial 978. No habrá exenciones para este requisito.

 

Tratamiento previo al embalaje: El carbón vegetal deberá someterse a un proceso de meteorización tras su producción o a otro procedimiento específico posterior a la pirólisis, salvo que la autoridad competente indique lo contrario.

 

Control de temperatura y embalaje: La temperatura del carbón vegetal no debe superar los 40 °C en el momento del embalaje, y se han ajustado los requisitos para los materiales de embalaje. además,el transporte a granel en contenedores seguirá prohibido.

 

Estiba en unidades de transporte de carga (UTC): Se deberá mantener un espacio de 30 cm entre la carga y la parte superior del contenedor. Además, se establecen dos opciones para la disposición interna:

 

La altura de estiba no debe exceder los 1,5 m.

Los bloques de bultos no deben superar los 16 m³, con un espacio mínimo de 15 cm entre ellos.

Estas disposiciones requerirán coordinación entre el propietario de la carga y la naviera.

 

Recomendaciones para el sector

·         Actualización de procesos: La producción, manipulación y embarque se deberán alinear  con la enmienda 42-24 del Código IMDG.

·         Capacitación: Es obligatorio que el personal involucrado reciba formación sobre el Código IMDG, según lo estipulado en el Capítulo 1.3.

·         Cumplimiento del Código CTU: Se debe aplicar el Código de prácticas IMO/ILO/UNECE para el embalaje seguro de las unidades de transporte de carga.

·         Declaración precisa: La documentación y declaración del carbón vegetal deben ser exactas para evitar rechazos, multas, retrasos e incidentes.

·         Colaboración con transportistas: Se recomienda coordinar con la naviera para garantizar que las condiciones específicas del transporte cumplan con las nuevas normativas.

 

Fuente: Mundo Marítimo

https://www.mundomaritimo.cl/noticias/nuevas-normativas-para-el-embarque-de-carbon-vegetal-en-contenedores-busca-prevenir-incendios-a-bordo