Nuevas normativas para el embarque de carbón vegetal en contenedores buscan prevenir incendios a bordo

OMI
actualizó el Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) para
abordar riesgos asociados.
Pronto
entrarán en vigor regulaciones más estrictas para la movilización de carbón
vegetal (UN 1361) con el objetivo de mejorar la seguridad en toda la cadena
logística. La Organización Marítima Internacional (OMI) actualizó el Código
Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) para abordar los riesgos
asociados a este tipo de carga, que ha provocado incidentes graves como
incendios en buques portacontenedores debido a una consolidación inadecuada y a
fallas en la declaración de la carga..
El World
Shipping Council (WSC), junto con el International Group of P&I Clubs y el
TT Club, publicaron una guía rápida para facilitar la comprensión de estas
nuevas disposiciones.
Cambios
clave en las normas de transporte
Declaración
obligatoria como mercancía peligrosa: Todos los embarques de carbón vegetal
deberán ser declarados “Mercancías Peligrosas”, eliminándose las disposiciones
especiales 925 y 223. En su lugar, se introduce la Disposición Especial 978. No
habrá exenciones para este requisito.
Tratamiento
previo al embalaje: El carbón vegetal deberá someterse a un proceso de
meteorización tras su producción o a otro procedimiento específico posterior a
la pirólisis, salvo que la autoridad competente indique lo contrario.
Control
de temperatura y embalaje: La temperatura del carbón vegetal no debe superar
los 40 °C en el momento del embalaje, y se han ajustado los requisitos para los
materiales de embalaje. además,el transporte a granel en contenedores seguirá
prohibido.
Estiba en
unidades de transporte de carga (UTC): Se deberá mantener un espacio de 30 cm
entre la carga y la parte superior del contenedor. Además, se establecen dos
opciones para la disposición interna:
La altura
de estiba no debe exceder los 1,5 m.
Los
bloques de bultos no deben superar los 16 m³, con un espacio mínimo de 15 cm
entre ellos.
Estas
disposiciones requerirán coordinación entre el propietario de la carga y la
naviera.
Recomendaciones
para el sector
·
Actualización
de procesos: La producción, manipulación y embarque se deberán alinear
con la enmienda 42-24 del Código IMDG.
·
Capacitación:
Es obligatorio que el personal involucrado reciba formación sobre el Código
IMDG, según lo estipulado en el Capítulo 1.3.
·
Cumplimiento
del Código CTU: Se debe aplicar el Código de prácticas IMO/ILO/UNECE para el
embalaje seguro de las unidades de transporte de carga.
·
Declaración
precisa: La documentación y declaración del carbón vegetal deben ser exactas
para evitar rechazos, multas, retrasos e incidentes.
·
Colaboración
con transportistas: Se recomienda coordinar con la naviera para garantizar que
las condiciones específicas del transporte cumplan con las nuevas normativas.
Fuente:
Mundo Marítimo
https://www.mundomaritimo.cl/noticias/nuevas-normativas-para-el-embarque-de-carbon-vegetal-en-contenedores-busca-prevenir-incendios-a-bordo