La OMI aprueba una regulación global para reducir las emisiones del transporte marítimo

El Comité de
Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional (OMI), el
MEPC 83, reunido durante esta semana en Londres, ha dado luz verde al proyecto
de enmiendas al Anexo VI del convenio Marpol, lo que se traduce en la creación
de un marco normativo sobre las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI)
procedentes de los buques. Tras una negociación intensa, y después de la
votación en el pleno de la OMI, el organismo avanza en el camino hacia de la
descarbonización, ya que la adopción de la normativa está prevista para el mes
de octubre de este año y la entrada en vigor en marzo de 2027.
El acuerdo
establece entre 2028 y 2035 dos valores de referencia por año: el objetivo base
y el de cumplimiento directo. En el caso que la reducción de la intensidad de
las emisiones en los buques alcance el objetivo base, la penalización prevista
es de 380 dólares por tonelada de CO2 emitida. Mientras que si el indicador se
sitúa entre el objetivo base y el de cumplimiento, esta será de tan solo 100
dólares por toneladas. Si la reducción de los GEI supera los objetivos, como
recompensa se recibirá la ayuda del fondo IMO Net Zero, constituido para
facilitar la adopción de los combustibles alternativos y no contaminantes.
En
la clausura del periodo de sesiones, el secretario general de la OMI,
Arsenio Domínguez, elogió el espíritu de cooperación y compromiso demostrado
por los Estados Miembros esta semana y afirmó que «la aprobación del proyecto
de enmiendas al Anexo VI del convenio Marpol por el que se establece el marco
de emisiones netas nulas de la OMI representa otro paso en nuestra labor
colectiva para combatir el cambio climático y modernizar el transporte
marítimo, y pone de manifiesto una vez más que la OMI cumple sus
compromisos. «Ahora, es importante seguir trabajando juntos, dialogando y
escuchándonos unos a otros, si queremos crear las condiciones para una adopción
con éxito».
Elementos clave
del marco de emisiones de la OMI
El marco de
emisiones netas nulas de la OMI se incluirá en un nuevo capítulo 5 del Anexo VI
(Prevención de la contaminación atmosférica ocasionada por los buques) del
convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio
Marpol).
El Anexo VI del
convenio Marpol cuenta actualmente con 108 partes, que cubren el 97% de la
flota mercante mundial por arqueo, y ya incluye prescripciones
obligatorias de eficiencia energética de los buques.
El objetivo es
alcanzar los objetivos climáticos fijados en la Estrategia de 2023 de la
OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques,
acelerar la introducción de combustibles, tecnologías y fuentes de energía de
emisiones de GEI nulas o casi nulas, y apoyar una transición justa y
equitativa.
Los buques
deberán cumplir:
Norma mundial
sobre combustibles: Los buques deben reducir, a lo largo del tiempo, su
intensidad de los gases de efecto invernadero de los combustibles (GFI) anual,
es decir, la cantidad de GEI emitidos por cada unidad de energía consumida.
Esto se calcula utilizando el enfoque ‘del pozo a la estela’.
Medida económica
mundial: Los buques que emitan por encima de los umbrales de GFI tendrán
que adquirir unidades de recuperación para equilibrar sus emisiones
deficitarias, mientras que los que utilicen tecnologías emisiones nulas o casi
nulas de GEI podrán optar a recompensas económicas.
Garantía de
cumplimiento
Habrá dos
niveles de cumplimiento de los objetivos de intensidad de los GEI de los
combustibles: un objetivo de base y un objetivo de cumplimiento directo en el
que los buques podrían optar a ganar «unidades excedentarias». Los buques
que emitan por encima de los umbrales fijados pueden equilibrar su déficit de
emisiones:
Transfiriendo
unidades excedentarias desde otros buques;
Utilizando las
unidades excedentarias que ya han acumulado;
Utilizando
unidades de recuperación adquiridas mediante contribuciones al Fondo Net-Zero
de la OMI.
Fondo Net-Zero
de la OMI
Se creará el
Fondo Net-Zero de la OMI para recaudar las contribuciones de los precios de las
emisiones. Estos ingresos
se destinarán a:
Recompensar a
los buques con emisiones bajas;
Apoyar la
innovación, la investigación, las infraestructuras y las iniciativas de
transición justa en los países en desarrollo;
Financiar la
formación, la transferencia de tecnología y el desarrollo de capacidades para
apoyar la Estrategia de 2023 de la OMI sobre los GEI; y
Mitigar las
repercusiones negativas sobre los Estados vulnerables, como los pequeños
Estados insulares en desarrollo y los países menos adelantados.
Pasos siguientes
Una vez
aprobado, el proyecto de enmiendas al Anexo VI del convenio Marpol se
distribuirá oficialmente a los Estados Miembros de la OMI, tras lo cual:
En octubre de
2025 (MEPC/ES.2), se adoptarán d las enmiendas durante un periodo de sesiones
extraordinario del Comité de protección del medio marino.
En la. primavera de 2026 (MEPC 84), se aprobarán las directrices
detalladas de implantación.
En 2027, entrada en vigor prevista, 16 meses después de la adopción (de
conformidad con los artículos del convenio Marpol).
Otros resultados
del MEPC 83
En el periodo de
sesiones se debatieron diversas cuestiones relacionadas con la protección del
medio marino frente a las actividades de transporte marítimo, con los
siguientes resultados clave:
Adopción del
Plan de acción de 2025 para abordar el problema de la basura plástica marina
procedente de los buques;
Avances en el
examen del convenio sobre la gestión del agua de lastre;
Aprobación de
una propuesta para designar el océano Atlántico nororiental como zona de
control de las emisiones y acuerdo, en principio, para designar dos nuevas
zonas marinas especialmente sensibles frente a las costas del Pacífico de
América del Sur;
Aprobación del
proyecto de plan de trabajo sobre la elaboración de un marco reglamentario para
el uso de sistemas de captura de carbono a bordo (OCCS);
Aprobación del
proyecto de enmiendas a la regla 27 del Anexo VI del convenio Marpol sobre la
accesibilidad del sistema de recopilación de datos de la OMI
Adopción de
enmiendas a las Directrices de 2021 sobre los factores de reducción de la
intensidad de carbono operacional en relación con los niveles de referencia
(Directrices sobre los factores de reducción de los CII, D3)
Aprobación de un
nuevo resultado para elaborar un marco jurídicamente vinculante para el control
y la gestión de las incrustaciones biológicas,con el fin de prevenir la
propagación de especies acuáticas invasivas perjudiciales.
Fuente:
Naucher
https://www.naucher.com/la-omi-aprueba-una-regulacion-global-para-reducir-las-emisiones-del-transporte-maritimo/